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año:2021
 
institución:GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRESTAMO
 
institución:CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 21232 25 de noviembre, 2021 DFOE-CAP-0968 Máster Gabriela Víquez Quirós Directora Ejecutiva CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL Estimada señora: Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00006-2021 sobre la capacidad de gestión institucional Me permito remitirle el informe DFOE-CAP-SGP-00006-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados del seguimiento de la gestión sobre la capacidad de gestión institucional con el objetivo brindar un panorama general sobre la capacidad de gestión institucional, con base en el análisis del marco regulatorio y buenas prácticas aplicables, con el propósito de promover su fortalecimiento en procura de la generación de valor público. Dicho informe comprende los resultados del análisis de la capacidad de gestión institucional a partir de las dimensiones que conforman el Modelo Integrado de Gestión Pública (MiGPS), el cual integra cuatro dimensiones -estrategia y estructura; liderazgo y cultura; procesos e información; competencias y equipos- para el fortalecimiento de la capacidad de gestión institucional; es decir, la articulación y preparación de los recursos disponibles de cada entidad para cumplir sus funciones, objetivos y alcanzar los resultados. Esas dimensiones consideran una serie de prácticas vinculadas a la gestión para resultados, los riesgos, la calidad y el control interno en cada una de las dimensiones definidas, cuya implementación en los subsistemas de gestión de las instituciones -financiera, potencial humano, bienes y tecnologías de información- permite fortalecer la capacidad de gestión institucional en procura de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y generar valor público mediante el desempeño eficiente y eficaz de su gestión. Los pri ...
Fecha publicación: 26/11/2021
Fecha emisión: 25/11/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
Notas de remisión: 21168-2021  |  21169-2021  |  21170-2021  |  21171-2021  |  21172-2021  |  21173-2021  |  21174-2021  |  21175-2021  |  21176-2021  |  21177-2021  |  21178-2021  |  21179-2021  |  21180-2021  |  21181-2021  |  21182-2021  |  21183-2021  |  21184-2021  |  21185-2021  |  21186-2021  |  21187-2021  |  21188-2021  |  21189-2021  |  21190-2021  |  21191-2021  |  21358-2021  |  21359-2021  |  21360-2021  |  21361-2021  |  21362-2021  |  21363-2021  |  21364-2021  |  21365-2021  |  21366-2021  |  21367-2021  |  21368-2021  |  21369-2021  |  21370-2021  |  21371-2021  |  21372-2021  |  21373-2021  |  21374-2021  |  21375-2021  |  21376-2021  |  21377-2021  |  21378-2021  |  21379-2021  |  21380-2021  |  21381-2021  |  21192-2021  |  21193-2021  |  21194-2021  |  21195-2021  |  21196-2021  |  21197-2021  |  21198-2021  |  21199-2021  |  21200-2021  |  21201-2021  |  21202-2021  |  21203-2021  |  21204-2021  |  21205-2021  |  21206-2021  |  21207-2021  |  21208-2021  |  21209-2021  |  21210-2021  |  21211-2021  |  21212-2021  |  21213-2021  |  21214-2021  |  21215-2021  |  21288-2021  |  21289-2021  |  21290-2021  |  21291-2021  |  21382-2021  |  21383-2021  |  21384-2021  |  21385-2021  |  21386-2021  |  21387-2021  |  21388-2021  |  21389-2021  |  21390-2021  |  21391-2021  |  21392-2021  |  21393-2021  |  21394-2021  |  21395-2021  |  21396-2021  |  21397-2021  |  21398-2021  |  21399-2021  |  21400-2021  |  21401-2021  |  21402-2021  |  21403-2021  |  21404-2021  |  21405-2021  |  21216-2021  |  21217-2021  |  21218-2021  |  21219-2021  |  21220-2021  |  21221-2021  |  21222-2021  |  21223-2021  |  21224-2021  |  21225-2021  |  21226-2021  |  21227-2021  |  21228-2021  |  21229-2021  |  21230-2021  |  21231-2021  |  21233-2021  |  21234-2021  |  21235-2021  |  21236-2021  |  21237-2021  |  21238-2021  |  21239-2021  |  21292-2021  |  21293-2021  |  21294-2021  |  21295-2021  |  21296-2021  |  21297-2021  |  21298-2021  |  21299-2021  |  21300-2021  |  21301-2021  |  21302-2021  |  21303-2021  |  21304-2021  |  21305-2021  |  21306-2021  |  21307-2021  |  21308-2021  |  21309-2021  |  21310-2021  |  21311-2021  |  21312-2021  |  21313-2021  |  21314-2021  |  21315-2021  |  21406-2021  |  21407-2021  |  21408-2021  |  21409-2021  |  21410-2021  |  21411-2021  |  21412-2021  |  21413-2021  |  21414-2021  |  21415-2021  |  21416-2021  |  21417-2021  |  21418-2021  |  21419-2021  |  21420-2021  |  21421-2021  |  21422-2021  |  21423-2021  |  21424-2021  |  21425-2021  |  21426-2021  |  21427-2021  |  21428-2021  |  21429-2021  |  21240-2021  |  21241-2021  |  21242-2021  |  21243-2021  |  21244-2021  |  21245-2021  |  21246-2021  |  21247-2021  |  21248-2021  |  21249-2021  |  21250-2021  |  21251-2021  |  21252-2021  |  21253-2021  |  21254-2021  |  21255-2021  |  21256-2021  |  21257-2021  |  21258-2021  |  21259-2021  |  21260-2021  |  21261-2021  |  21262-2021  |  21263-2021  |  21316-2021  |  21317-2021  |  21318-2021  |  21319-2021  |  21320-2021  |  21321-2021  |  21322-2021  |  21323-2021  |  21324-2021  |  21325-2021  |  21326-2021  |  21327-2021  |  21328-2021  |  21329-2021  |  21330-2021  |  21331-2021  |  21332-2021  |  21333-2021  |  21334-2021  |  21335-2021  |  21336-2021  |  21337-2021  |  21338-2021  |  21339-2021  |  21264-2021  |  21265-2021  |  21266-2021  |  21267-2021  |  21268-2021  |  21269-2021  |  21270-2021  |  21271-2021  |  21272-2021  |  21273-2021  |  21274-2021  |  21275-2021  |  21276-2021  |  21277-2021  |  21278-2021  |  21279-2021  |  21280-2021  |  21281-2021  |  21282-2021  |  21283-2021  |  21284-2021  |  21285-2021  |  21286-2021  |  21287-2021  |  21149-2021  |  21150-2021  |  21151-2021  |  21152-2021  |  21153-2021  |  21154-2021  |  21155-2021  |  21156-2021  |  21157-2021  |  21158-2021  |  21159-2021  |  21160-2021  |  21161-2021  |  21162-2021  |  21163-2021  |  21164-2021  |  21165-2021  |  21166-2021  |  21167-2021  |  21340-2021  |  21341-2021  |  21342-2021  |  21343-2021  |  21344-2021  |  21345-2021  |  21346-2021  |  21347-2021  |  21348-2021  |  21349-2021  |  21350-2021  |  21351-2021  |  21352-2021  |  21353-2021  |  21354-2021  |  21355-2021  |  21356-2021  |  21357-2021  |  21148-2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible Al contestar refiérase al oficio n.° 15991 19 de octubre, 2021 DFOE-SOS-0259 Señor Martín Antonio González Zúñiga Presidente Corporación Hortícola Nacional Asunto: Respuesta a consulta realizada al Órgano Contralor acerca de la posibilidad de los entes públicos no estatales para captar y administrar fondos públicos y otorgar créditos con esos fondos Mediante oficio DE-058-2021 del 2 de setiembre de 2021, se recibe consulta por parte de la Corporación Hortícola Nacional donde se solicita dar respuesta a las siguientes dos preguntas: 1. ¿Si los entes públicos no estatales, pueden captar y administrar fondos públicos? 2. ¿Si es posible otorgar créditos con base en esos fondos públicos? Dicho oficio indica que se adjunta criterio de la Asesoría Legal Interna de la Corporación Hortícola Nacional. Cabe mencionar que el documento anexo corresponde al criterio jurídico de Dall´anese Advisory, el cual concluye que la Corporación Hortícola Nacional no puede captar fondos públicos o privados con fines propiamente financieros en razón de su prohibición legal de realizar negocios jurídicos especulativos, aunque sí puede otorgar créditos y formar fideicomisos siempre que no sean especulativos. Además señala que la corporación puede establecer convenios financieros, administrar fondos aportados por terceros para el desarrollo de proyectos de investigación, transferencia de tecnología y creación de infraestructura hortícola, y prestar asistencia financiera, pero advirtiendo que no puede captar fondos en atención a lo establecido en la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. I. Consideraciones preliminares En atención a la potestad consultiva establecida en el artículo 29 y los supuestos del artículo 4 inciso a), de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, ley n.° 7428 del 7 de setiembre de 1994, sobre las consultas que al efecto le dirigen los órg ...
Fecha publicación: 22/10/2021
Fecha emisión: 19/10/2021
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 09482 28 de junio del 2021 DJ-0886 Señor Martin González Zuñiga, Presidente CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL Ce: direccionejecutiva@chn.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio número DE-041-2021, fechado el 21 de junio del 2021, mediante el cual solicita criterio sobre la posibilidad que tenga una Corporación de Costa Rica, para captar y administrar fondos disponibles del sistema de Banca para el Desarrollo, para ser utilizados como banca de segundo piso, en el otorgamiento de créditos para en el sector al que representa En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan, en lo de interés, los siguientes: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 8º—Requisitos para la presentac ...
Fecha publicación: 28/06/2021
Fecha emisión: 28/06/2021
Documento: 9482-2021.pdf
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica R-DCA-00594-2021 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas cincuenta y dos minutos del veintiocho de mayo del dos mil veintiuno. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del acto de adjudicación del CONCURSO PRIVADO 001-2020 promovido por GRUPO MUTUAL ALAJUELA LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRÉSTAMO para la contratación llave en mano para el diseño, tramitología y construcción de Parques León XIII, acto recaído a favor del CONSORCIO CONANSA ECOTERRA, por un monto de ¢497.118.769,30. -------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que el siete de abril del dos mil veintiuno, la empresa Molina Arce Construcción y Consultoría Sociedad Anónima presentó ante esta Contraloría General de la República un recurso de apelación en contra del acto de adjudicación del concurso 001-2020 promovido por Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo para la contratación llave en mano para el diseño, tramitología y construcción de Parques León XIII,. ------------------------------------------------- II. Que mediante auto de las quince horas del ocho de abril del dos mil veintiuno, esta División solicitó a la Administración la remisión del expediente administrativo completo del concurso en debate, debidamente foliado y ordenado. Dicha audiencia fue atendida por la Administración mediante el oficio C-470-DC-21, remitido el nueve de abril del dos mil veintiuno. --------------------- III. Que mediante auto de las trece horas del dieciséis de abril del dos mil veintiuno, esta Divi ...
Fecha publicación: 31/05/2021
Fecha emisión: 28/05/2021
Institución: GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 07509 26 de mayo del 2021 DJ-0681 Señor Martin González Zuñiga, Presidente CORPORACIÓN HORTÍCOLA NACIONAL Ce: direccionejecutiva@chn.cr Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio número DE-032-2021, fechado el 14 de mayo del 2021, mediante el cual solicita criterio sobre si los fondos públicos que son captados y administrados pueden ser utilizados como banca de segundo piso para el otorgamiento de créditos para el Sector Hortícola Nacional fundamentándose en la Ley de Creación de la Corporación Hortícola Nacional. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan, en lo de interés, los siguientes: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las ...
Fecha publicación: 27/05/2021
Fecha emisión: 26/05/2021
Documento: 7509-2021.pdf
Institución: CORPORACION HORTICOLA NACIONAL
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Caso concreto


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica R-DCA-00536-2021 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas doce minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiuno. ------------- EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA presentada por el CONSORCIO CONANSA - ECOTERRA en el trámite del recurso de apelación interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del acto de adjudicación del CONCURSO PRIVADO 001-2020 promovido por GRUPO MUTUAL ALAJUELA LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRÉSTAMO (en adelante Grupo Mutual) para la contratación llave en mano para el diseño, tramitología y construcción de Parques León XIII, acto recaído a favor del CONSORCIO CONANSA - ECOTERRA, por un monto de ¢497.118.769,30. -------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Que el siete de abril del dos mil veintiuno, la empresa Molina Arce Construcción y Consultoría Sociedad Anónima remitió a la Contraloría General de la República un recurso de apelación en contra del acto de adjudicación del Concurso Privado 001-2020 promovido por Grupo Mutual para la contratación llave en mano para el diseño, tramitología y construcción de Parques León XIII. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. Que mediante auto de las quince horas del ocho de abril del dos mil veintiuno, esta División solicitó a la Administración la remisión del expediente administrativo completo del concurso en debate, debidamente foliado y ordenado. Dicha audiencia fue atendida por la Administración mediante el oficio C-470-DC-21, remitido el nueve de abril del dos mil veintiuno. --------------------- III. Que medi ...
Fecha publicación: 20/05/2021
Fecha emisión: 17/05/2021
Institución: GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas con diez minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno. ------ RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del acto de adjudicación del CONCURSO PRIVADO 001-2020 promovido por GRUPO MUTUAL ALAJUELA LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRÉSTAMO para la contratación llave en mano para el diseño, tramitología y construcción de Parques León XIII, acto recaído a favor del CONSORCIO CONANSA-ECOTERRA, por un monto de ¢497.118.769,30. ------------------------------------------------------------------------------------------ I. Con fundamento en el artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se confiere AUDIENCIA ESPECIAL A LA ADMINISTRACIÓN LICITANTE por el plazo improrrogable de UN DÍA HÁBIL contado a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, para que aporte la siguiente información: mediante auto de las quince horas del ocho de abril del dos mil veintiuno, esta División le solicitó a la Administración remitir el expediente administrativo del concurso en debate, y además le solicitó la siguiente información: “También se debe indicar los folios del expediente en los que se encuentra la versión final del cartel y que contenga todas las modificaciones que se le efectuaron.” Sin embargo, al remitir el expediente administrativo, la Administración no se refirió a ese aspecto. Por lo tanto, se le reitera a la Administración que debe indicar los folios del expediente administrativo en los que se encuentra la versión final del cartel y que contenga todas las modificaciones que se le efectuaron.------------ II. Por último, se le solicita a las partes, en la medida que se encuentre dentro de sus posibilidades, y cuando las particularidades de la información solicitada así lo permitan, remitir la información en formato digital y con firma di ...
Fecha publicación: 19/05/2021
Fecha emisión: 19/05/2021
Documento: 07115-2021.pdf
Institución: GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del diez de mayo del dos mil veintiuno. ------------------------------------- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del acto de adjudicación del CONCURSO PRIVADO 001-2020 promovido por GRUPO MUTUAL para la contratación llave en mano para el diseño, tramitología y construcción de Parques León XIII, acto recaído a favor del CONSORCIO CONANSA ECOTERRA, por un monto de ¢497.118.769,30. --------------------------- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se confiere AUDIENCIA ESPECIAL AL APELANTE por el plazo improrrogable de TRES DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, para que se refiera únicamente a las argumentaciones que en contra de su oferta realizaron la Administración y el adjudicatario al momento de contestar la audiencia inicial. Para la contestación de la presente audiencia se indica que los documentos presentados por las partes así como sus anexos se encuentran disponibles en los folios 34 al 50 del expediente digital de la apelación, documentos que se encuentran registrados con los números de ingreso 11786-2021, 11793-2021, 11830-2021, 12199-2021. El expediente digital de esta gestión es CGR-REAP-2021002624 el cual puede ser consultado en el sitio web de esta Contraloría General www.cgr.go.cr, acceso en la pestaña “consultas”, seleccione la opción “consulte el estado de su trámite”, acceso denominado “ingresar a la consulta”. Por último, se le solicita, en la medida que se encuentre dentro de sus posibilidades, y cuando las particularidades de la información solicitada así lo permitan, remitir la información en formato digital y con firma digital certificada, al correo electrónico: contraloria.general@cgrcr.go.cr y para esos efectos se ...
Fecha publicación: 10/05/2021
Fecha emisión: 10/05/2021
Documento: 06610-2021.pdf
Institución: GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las catorce horas con cincuenta y nueve minutos del seis de mayo del dos mil veintiuno. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del acto de adjudicación del CONCURSO PRIVADO 001-2020 promovido por GRUPO MUTUAL para la contratación llave en mano para el diseño, tramitología y construcción de Parques León XIII, acto recaído a favor del CONSORCIO CONANSA-ECOTERRA, por un monto de ¢497.118.769,30. --------------------------- I. Con fundamento en el artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se confiere AUDIENCIA ESPECIAL A LA ADMINISTRACIÓN LICITANTE por el plazo improrrogable de UN DÍA HÁBIL contado a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, para que aporte la siguiente información: en la audiencia inicial se le indicó a la Administración lo siguiente: “II. Además, se previene a la ADMINISTRACIÓN para que junto con su respuesta a la audiencia inicial, indique si en el expediente administrativo remitido a este órgano contralor, existe algún documento o información que deba ser considerada de carácter confidencial. En caso de que su respuesta sea positiva, deberá indicar cuáles son los documentos que deben ser considerados confidenciales, los folios en los que se encuentran dichos documentos, y explique los motivos por los cuales esa Administración considera necesario que esos documentos deban considerarse de carácter confidencial.” Sin embargo, al contestar la audiencia inicial la Administración no se refirió a este aspecto. Por lo tanto, se le reitera a la Administración que debe pronunciarse en forma expresa sobre lo consultado. -------- II. Por último, se le solicita a las partes, en la medida que se encuentre d ...
Fecha publicación: 10/05/2021
Fecha emisión: 06/05/2021
Documento: 06521-2021.pdf
Institución: GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: AUDIENCIA
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica AUDIENCIA INICIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas del dieciséis de abril del dos mil veintiuno.----------------------------------- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa MOLINA ARCE CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORÍA SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del acto de adjudicación del CONCURSO PRIVADO 001-2020 promovido por GRUPO MUTUAL para la contratación llave en mano para el diseño, tramitología y construcción de Parques León XIII, acto recaído a favor del CONSORCIO CONANSA ECOTERRA, por un monto de ¢497.118.769, 30.----------------------------------------------- I. De conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley de Contratación Administrativa, el numeral 190 del Reglamento a dicha ley, y por acuerdo del órgano colegiado, se admite para su trámite el recurso de apelación interpuesto, y se confiere AUDIENCIA INICIAL por el plazo improrrogable de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, a la ADMINISTRACIÓN LICITANTE y al ADJUDICATARIO para que manifiesten por escrito lo que a bien tengan con respecto a los alegatos formulados por el apelante en su escrito de interposición del recurso, y del mismo modo para que aporten u ofrezcan las pruebas que estimen oportunas y señalen medio para recibir notificaciones. Se le indica a las partes citadas, que con la respuesta a la audiencia inicial deberán señalar medio para recibir notificaciones, bajo el entendido que de no atender esta prevención, de conformidad con los artículos 3, 8 y 14 del Reglamento de Notificaciones de los Productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, se procederá con la notificación autom ...
Fecha publicación: 19/04/2021
Fecha emisión: 16/04/2021
Documento: 05454-2021.pdf
Institución: GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA DE AHORRO Y PRESTAMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION